Pliego técnico evaluación MTE/JS — Mayo 2026
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA EVALUACIÓN DE PERSONAS CANDIDATAS EN PROCESO DE SELECCIÓN DE MAQUNISTAS DE TRACCION ELECTRICA (MTE) Y JEFES/AS DE SECTOR (JS) PARA METRO DE MADRID S.A. MAYO 2026
Fuente: Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, expediente 6012600166. Documento convertido a HTML para consulta; el botón superior abre el PDF oficial.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA
EVALUACIÓN DE PERSONAS CANDIDATAS EN
PROCESO DE SELECCIÓN DE MAQUNISTAS DE
TRACCION ELECTRICA (MTE) Y JEFES/AS DE SECTOR
(JS) PARA METRO DE MADRID S.A.
MAYO 2026
INDICE:
1. OBJETO DEL CONCURSO.
2. INTRODUCCIÓN.
3. ALCANCE.
3.1.- INSCRIPCIÓN Y ACREDITACIÓN DOCUMENTAL
3.2- PRUEBA OBJETIVA DE APTITUD
3.3- PRESENTACIÓN DE RESULTADOS
3.4- ATENCIÓN A RECLAMACIONES Y CONSULTAS
3.5- MEMORIA TÉCNICA
3.6- COMUNICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS PERSONAS CANDIDATAS
3.7- PLATAFORMA DIGITAL DE GESIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
3.8- LOGÍSTICA
4.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
5.-ANEXO
1.- OBJETO DEL CONCURSO.
El presente pliego tiene por objeto definir, el alcance técnico y organizativo de los trabajos a realizar por la consultora adjudicataria para la ejecución de la primera y segunda fase del proceso de selección, de conformidad con las Bases vigentes y requerimientos exigidos por Metro de Madrid, S.A.
El proceso de selección tiene por finalidad la cobertura de entre 20 y 30 plazas de los colectivos de Maquinista de Tracción Eléctrica (MTE) y de Jefe/a de Sector (JS) correspondientes a la Dirección de Operación de Metro de Madrid. De estas plazas, un 7% se reservarán para su cobertura por personas con discapacidad, considerando como tales aquellos aspirantes que tengan reconocida por los órganos administrativos competentes un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que superen las fases del proceso de selección y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas asociadas al puesto de trabajo.
Asimismo, el proceso de selección contempla la constitución de una bolsa única de personas candidatas en reserva, integrada por 1.250 personas candidatas que, habiendo superado la prueba objetiva de aptitud, no hubieran obtenido inicialmente una de las plazas convocadas, y que ocupen las mejores posiciones en la relación única definitiva.
2.- INTRODUCCIÓN.
Metro de Madrid ha definido un proceso de selección estructurado en cuatro fases sucesivas y excluyentes:
1.
Primera fase. Inscripción y acreditación documental de las personas candidatas, realizada a través de la plataforma informática habilitada a tal efecto por la empresa consultora.
2.
Segunda fase. Prueba objetiva de aptitud, realizada por la empresa consultora.
3.
Tercera fase: Reconocimiento médico practicado por el Servicio de Salud Laboral de Metro de Madrid S.A.
4.
Cuarta fase: Curso de formación impartido por el Servicio de Formación y Gestión del Conocimiento de Metro de Madrid S.A.
El presente pliego de prescripciones técnicas tiene por objeto definir los trabajos que deberá realizar la empresa consultora adjudicataria en la primera y segunda fase del proceso de selección, que comprende:
candidatas
- Primera fase: Inscripción y acreditación documental de las personas
- Realización de la prueba objetiva de aptitud.
El ámbito subjetivo para la realización de la prueba objetiva de aptitud está constituido por las personas candidatas inscritas en la plataforma informática de la empresa adjudicataria que hayan acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos de acceso. El número estimado de personas candidatas inscritas en la plataforma podría ascender a 13.000, tomando como referencia datos de procesos anteriores.
3.- ALCANCE.
La prestación de servicios objeto del presente pliego comprende la ejecución de la primera y segunda fase del proceso de selección, ambas de carácter sucesivo y excluyente, y será desarrollada en su totalidad por la consultora adjudicataria.
Las actuaciones son las siguientes:
Primera fase: Inscripción y acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de acceso por parte de las personas candidatas establecidos en el
anexo I.
Segunda fase: Organización, ejecución y corrección de las pruebas de evaluación, que únicamente podrán realizar las personas candidatas que hayan acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos de acceso.
La consultora será responsable de la planificación, gestión, ejecución, seguimiento y tratamiento de los resultados correspondientes a ambas fases, de conformidad con lo establecido en las Bases del proceso de selección y en el presente Pliego.
A continuación, se detalla el alcance de la prestación del servicio.
3.1.- INSCRIPCIÓN Y ACREDITACIÓN DOCUMENTAL
La consultora adjudicataria deberá habilitar una plataforma informática segura que permita la inscripción de las personas candidatas en el proceso de selección, así como la carga y validación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos. Las personas candidatas deberán formalizar su inscripción en el plazo y forma que se determine en la convocatoria, siendo responsabilidad de la consultora
garantizar el correcto funcionamiento de la plataforma durante todo el periodo de inscripción. Con carácter previo a la realización de la prueba objetiva de aptitud, la consultora llevará a cabo el proceso de acreditación documental vía telemática, cuyo alcance mínimo incluirá la verificación de la identidad, la titulación exigida, el grado de discapacidad en su caso, así como la gestión de solicitudes de adaptación cuando proceda, garantizando la integridad, consistencia y trazabilidad de la documentación aportada.
Asimismo, dentro de esta primera fase, la consultora deberá verificar el cumplimiento del requisito relativo al abono de los derechos de participación, o, en su caso, la concurrencia de alguno de los supuestos de exención previstos en las Bases del proceso de selección. A tal efecto, comprobará que las personas candidatas han aportado el justificante de pago correspondiente o la documentación acreditativa de la causa de exención alegada, en los términos establecidos.
La falta de acreditación del abono de los derechos de participación o de una causa válida de exención determinará la exclusión automática de la persona candidata del proceso de selección, sin posibilidad de subsanación posterior.
Finalizado el proceso de acreditación documental, la consultora elaborará una relación provisional de personas candidatas que acreditan el cumplimiento de los requisitos y, una vez resueltas las reclamaciones que pudieran presentarse, una relación definitiva de personas candidatas acreditadas. Esta relación definitiva será la única habilitada para participar en la segunda fase del proceso de selección.
3.2- PRUEBA OBJETIVA DE APTITUD
La segunda fase del proceso de selección consistirá en la realización de una prueba objetiva de aptitud, que será organizada, ejecutada y corregida por
la consultora adjudicataria. Únicamente podrán participar en esta fase aquellas personas candidatas incluidas en la relación definitiva de personas acreditadas resultante de la primera fase. La metodología de evaluación se definirá de forma consensuada entre Metro de Madrid y la consultora, de conformidad con el perfil del puesto establecido por Metro de Madrid y previsto en las bases del proceso.
La consultora será responsable de la convocatoria de las personas candidatas, de la organización material de las pruebas, de la corrección objetiva de las mismas y de la elaboración de las relaciones provisionales y definitivas de resultados, garantizando en todo momento la igualdad de condiciones, la confidencialidad del proceso y la trazabilidad de las actuaciones realizadas.
La prueba objetiva de aptitud constará de dos partes diferenciadas:
1.- Prueba de conocimientos técnicos:
La prueba de conocimientos técnicos será única, común y válida para los diferentes puestos ofertados.
La consultora elaborará un ejercicio tipo test, con una duración aproximada de una hora, cuyo contenido versará sobre el temario incluido en el Anexo II de las bases del proceso, y cuyos contenidos se entregarán a la consultora adjudicataria. La puntuación máxima de esta prueba será de 40 puntos, siendo necesario obtener al menos 20 puntos para superarla. Las puntuaciones inferiores a este valor implicarán la exclusión de la persona aspirante de la corrección de la segunda parte de la prueba objetiva.
Para establecer la puntuación de esta parte de conocimientos se podrá atender al criterio de normalización de resultados (distribución normal específica de la muestra de personas candidatas evaluada).
La consultora pondrá a disposición de Metro de Madrid la plantilla de corrección, con las preguntas y respuestas correctas, para su publicación.
2.- Pruebas de carácter aptitudinal.
Esta parte se dividirá en dos bloques:
- Bloque 2.1: Pruebas de Razonamiento verbal y razonamiento espacial
Consistirá en la realización de dos pruebas tipo test con diferentes opciones de respuesta. La puntuación máxima conjunta de este bloque tendrá un máximo de 20 puntos resultante de la media aritmética de ambas pruebas psicométricas (razonamiento verbal y razonamiento espacial).
La consultora pondrá a disposición de Metro de Madrid la plantilla con las preguntas y respuestas correctas, para su publicación.
- Bloque 2.2: Prueba de competencias
Este bloque evaluará el grado de adecuación de la persona candidata al perfil competencial de los puestos, contrastando las competencias requeridas para el correcto desempeño. Las competencias a evaluar son las siguientes: toma de decisiones, atención al cliente, orientación a resultados, orientación al cambio, capacidad de comunicación, trabajo equipo y gestión emocional.
La puntuación de este segundo bloque seguirá las siguientes pautas:
No superarán esta prueba de competencias ni, en consecuencia, la parte aptitudinal, las personas cuyo resultado quede fuera del rango de la escala de consistencia interna, medido del 1 al 10. Están dentro del rango exigido los valores del 3 al 8, ambos inclusive; quedan fuera los valores 1, 2, 9 y 10. Estas personas candidatas quedarán sin puntuar en competencias y apartadas del proceso de selección.
En un segundo término, cada una de las competencias se mide en un intervalo del 1 al 5, siendo los rangos de exigencia requeridos en cada caso y la puntuación asignada los que se señalan en el cuadro siguiente:
Perfil requerido de competencias
Tabla adaptada para consulta en pantalla. En móvil puede desplazarse lateralmente.
| Competencia | Rango requerido | Puntuación requerida | Rango inferior | Puntuación inferior | Rango superior | Puntuación superior |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Toma de decisiones | 2-3 | 5 | 1 | 0 | 4-5 | 3 |
| Atención al cliente | 3-5 | 5 | 1-2 | 0 | — | — |
| Orientación a resultados | 2-3 | 8 | 1 | 0 | 4-5 | 5 |
| Orientación al cambio | 2-3 | 3 | 1 | 0 | 4-5 | 2 |
| Capacidad de comunicación | 2-5 | 3 | 1 | 0 | — | — |
| Trabajo en equipo | 3-5 | 8 | 1-2 | 0 | — | — |
| Gestión emocional | 3-5 | 8 | 1-2 | 0 | — | — |
La puntuación de esta prueba de competencias será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las competencias, siendo el máximo de puntuación 40 puntos.
La puntuación final de la prueba objetiva de aptitud será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes, con un máximo total de 100 puntos:
- Conocimientos técnicos: 40 puntos.
- Pruebas aptitudinales: 60 puntos, desglosados en razonamiento verbal y espacial (20 puntos) y competencias (40 puntos).
Desarrollo de la prueba objetiva de aptitud
El llamamiento para realizar las dos partes de la prueba objetiva de aptitud (prueba de conocimientos técnicos y pruebas aptitudinales) se llevará a efecto en una única fecha, teniéndose por desistidas y apartadas del proceso las personas candidatas que no se presenten en tiempo y forma a dicho llamamiento.
El diseño de la organización para la realización de la prueba objetiva de aptitud deberá ser consensuada entre la consultora y Metro de Madrid.
La consultora adjudicataria deberá contar con protocolos específicos orientados a asegurar el correcto desarrollo de la prueba objetiva de aptitud, garantizando que su realización se lleva a cabo en condiciones controladas y homogéneas para todas las personas candidatas, garantizando, entre otros, la no utilización de medios o dispositivos no autorizados por parte de las personas candidatas
Al finalizar esta segunda fase del proceso de selección (prueba objetiva de actitud) la consultora elaborará:
objetiva de aptitud ordenadas por la mejor puntuación obtenida
el motivo de exclusión.
- Una relación de personas candidatas que hayan superado la prueba
- Una relación de personas candidatas no aptas, indicando en su caso
Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva para personas con discapacidad como en el turno general.
En caso de empate en la puntuación final obtenida en la prueba objetiva de aptitud,
para la ordenación de las personas candidatas, tendrán preferencia las personas pertenecientes al género con menor representación en el conjunto de los colectivos incluidos en la convocatoria en el momento de la publicación; subsidiariamente, en caso de empates sucesivos, y siguiendo este orden, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en el bloque 2.2 (prueba de competencias), la puntuación obtenida en el bloque 2.1. (pruebas de Razonamiento verbal y razonamiento espacial) y por último, la puntuación obtenida en la parte de conocimientos técnicos. Si tras la aplicación de estos criterios continua el empate se atenderá a la Resolución de la secretaría de la función pública donde se establece el sorteo de la primera letra del primer apellido.
La consultora facilitará el resultado con puntuaciones que contengan un mínimo de dos decimales.
La corrección de las distintas partes se realizará con correctora óptica. La impresión y corrección no podrán ser subcontratados.
En el supuesto de estimarse necesario, se establecerían otras pruebas de valoración complementarias, acordes al perfil profesional.
3.3- PRESENTACIÓN DE RESULTADOS
La consultora adjudicataria será la responsable de la elaboración, custodia y puesta a disposición de los resultados derivados de la segunda fase del proceso de selección, garantizando en todo momento la trazabilidad y confidencialidad de la información.
A estos efectos, la entrega de resultados se articulará en los siguientes momentos diferenciados:
3.3.1- Resultados de la acreditación documental:
Finalizado el proceso de acreditación documental, con carácter previo a la realización de la prueba objetiva de aptitud, la consultora elaborará los siguientes listados:
Relación provisional de personas candidatas que acreditan el cumplimiento de los requisitos de acceso.
Relación definitiva de personas candidatas acreditadas una vez finalizado el plazo de reclamaciones.
Estos listados se pondrán a disposición de Metro de Madrid para su publicación en la web La relación definitiva de personas candidatas acreditadas será la única habilitada para participar en la prueba objetiva de aptitud.
3.3.2- Resultados de la prueba objetiva de aptitud:
Tras la realización de la prueba objetiva de aptitud, la consultora elaborará las siguientes relaciones de puntuaciones diferenciadas:
Una relación de puntuación provisional de las personas candidatas que hayan superado la prueba objetiva de aptitud, ordenadas por la mejor puntuación obtenida.
Una relación provisional de personas candidatas que no hayan superado la prueba objetiva de aptitud, indicando en cada caso el motivo de exclusión. Una vez resueltas las alegaciones presentadas, la consultora elaborará una relación de puntuación definitiva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud ordenadas por la mejor puntuación
Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, reflejando el orden que ocupan estas personas tanto en el turno general como en el turno de reserva correspondiente.
Las puntuaciones se expresarán con un mínimo de dos decimales y los listados se ajustarán a los requerimientos establecidos por Metro de Madrid. En caso de empate en la puntuación final, para la ordenación definitiva se resolverá aplicando los criterios de desempate establecidos en las bases del proceso de selección.
3.3.3- Informe final de resultados:
La consultora elaborará un informe final de resultados, de carácter cuantitativo y cualitativo, que recopile de forma estructurada la información obtenida a lo largo de la segunda fase del proceso de selección.
3.4- ATENCIÓN A RECLAMACIONES Y CONSULTAS
La consultora atenderá y resolverá todas las reclamaciones y consultas formuladas por las personas candidatas en relación con la segunda fase del proceso de selección, y en particular respecto de:
El proceso de acreditación documental
La prueba objetiva de aptitud
Los resultados provisionales y definitivos derivados de dicha prueba
Todas aquellas reclamaciones derivadas de la organización y puesta en marcha de la primera y segunda fase
Las reclamaciones deberán resolverse en un plazo máximo de 7 días naturales de acuerdo con los criterios previamente validados por Metro de Madrid.
En aquellos supuestos en que las reclamaciones pudieran resolverse mediante respuestas de carácter general (respuestas tipo), Metro de Madrid validará previamente el contenido y alcance de éstas. Así mismo, cuando se determine la no viabilidad a través de este tipo de respuestas, la consultora deberá facilitar una contestación individualizada a la persona candidata.
Con periodicidad semanal, la consultora remitirá a Metro de Madrid, un informe de seguimiento de reclamaciones, que deberá ajustarse a la estructura consensuada entre ambas partes y contendrá, al menos, la siguiente información:
Fecha de reclamación
Identificación de la persona candidata
Tipología de la reclamación
Respuesta facilitada y estado de la resolución
Reclamaciones relativas a la prueba de competencias:
En relación a la prueba de competencias, para la cuál no se publicará plantilla de preguntas y respuestas, la consultora deberá actuar de la siguiente manera ante las solicitudes de revisión de resultados:
Informe individualizado de resultados. En una primera instancia, la consultora facilitará a la persona candidata un informe personalizado de sus resultados, previamente consensuado con Metro de Madrid, que contendrá al menos: a. Resultados cuantitativos con una representación gráfica del gap diferencial entre la puntuación requerida y la puntuación obtenida. b. Resultados cualitativos destacando puntos fuertes y áreas de mejora. c. Calificación final de la persona candidata.
En segundo lugar, en caso de que la persona candidata solicitara una revisión adicional, la consultora deberá atender dicha solicitud de forma personalizada, conforme a los criterios y condiciones establecidos por Metro de Madrid.
3.5- MEMORIA TÉCNICA
La consultora deberá presentar una memoria técnica en la que describa de forma ordenada y coherente el proceso de evaluación y metodología propuesta para la ejecución de los servicios conforme al presente pliego.
La memoria técnica, deberá incluir, al menos, los siguientes aspectos:
Descripción del proceso de evaluación, identificando las fases en que se estructura, su secuencia y la finalidad de cada una de ellas.
Metodología utilizada, detallando los criterios y procedimientos aplicados para la evaluación de las personas candidatas.
Plataforma informática de gestión del proceso, incluyendo su funcionamiento general, los mecanismos de trazabilidad y seguimiento de las personas candidatas y los sistemas de control y custodia de la información.
Sistema de comunicaciones, describiendo las comunicaciones tipo que se
realizarán a las personas candidatas a lo largo del proceso (convocatorias, avisos, resultados, reclamaciones, etc.).
Descripción y especificación de las pruebas, incluyendo el tipo de pruebas empleadas, su estructura, y una referencia a los criterios de validez y fiabilidad aplicados en su diseño y corrección.
Materiales y medios empleados en la ejecución de las pruebas y en la gestión del proceso.
Gestión de incidencias y reclamaciones, describiendo el procedimiento previsto para su atención y resolución.
Tipo de informes y entregables, incluyendo el modelo de informe individualizado de resultados que, en su caso, se facilitará a las personas candidatas.
Indicadores y estadísticas del proceso, tales como incidencias relevantes, resultados agregados y otros datos que permitan evaluar el desarrollo y la correcta ejecución del servicio.
3.6- COMUNICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS PERSONAS CANDIDATAS
La consultora será responsable de la gestión integral de las comunicaciones y del seguimiento de las personas candidatas durante el desarrollo de la segunda fase del proceso de selección, asegurando en todo momento la claridad, homogeneidad y trazabilidad de la información facilitada, así como una atención adecuada a las personas participantes. A tal efecto, la consultora deberá llevar a cabo, al menos, las siguientes actuaciones:
a) Comunicaciones con las personas candidatas: La consultora realizará todas las comunicaciones necesarias a lo largo del proceso, incluyendo, entre otras:
Información relativa a la admisión provisional y definitiva tras la acreditación documental.
Convocatoria o citación individualizada para la realización de la prueba objetiva de aptitud.
Comunicación y publicación de resultados provisionales y definitivos.
Gestión de las comunicaciones derivadas del proceso de reclamaciones.
b) Atención a consultas y reclamaciones La consultora atenderá y resolverá todas las consultas y reclamaciones formuladas por las personas candidatas en relación con la ejecución del proceso, de conformidad con lo establecido en el apartado específico de reclamaciones del presente Pliego, garantizando la correcta trazabilidad y registro de todas las actuaciones realizadas.
c) Apoyo técnico y comparecencias La consultora asumirá el compromiso de prestar apoyo técnico a Metro de Madrid, S.A. en relación con el proceso de selección y de comparecer, cuantas veces fuera preciso, ante cualquier institución o sede, tanto judicial como extrajudicial, con ocasión de reclamaciones, demandas o conflictos relacionados con el proceso.
Asimismo, la consultora deberá elaborar y, en su caso, ratificar los informes técnicos que puedan ser requeridos por Metro de Madrid, S.A., o por los órganos judiciales o extrajudiciales competentes, en relación con las actuaciones desarrolladas en el marco del contrato.
3.7- PLATAFORMA DIGITAL DE GESIÓN DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
La consultora deberá disponer de una plataforma digital propia para la gestión integral del proceso de selección, que actuará como herramienta principal de soporte para la ejecución de las actuaciones previstas en el presente Pliego.
La plataforma deberá permitir, al menos, las siguientes funcionalidades:
Gestión del proceso de acreditación documental, incluida la carga, validación y verificación de la documentación aportada por las personas candidatas.
Seguimiento individualizado de las personas candidatas, permitiendo conocer en todo momento su situación dentro del proceso.
Trazabilidad completa de las actuaciones, incluyendo el registro de accesos, validaciones, comunicaciones y resultados.
Gestión de las comunicaciones con las personas candidatas,
Publicación y consulta de resultados provisionales y definitivos,
Soporte al proceso de reclamaciones,
Custodia y seguridad de la información, asegurando la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos tratados.
La plataforma deberá ser segura, accesible y cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos personales.
3.8- LOGÍSTICA
La consultora deberá disponer de todos los medios materiales, humanos e informáticos necesarios para la correcta organización y ejecución de los trabajos,
así como los espacios físicos adecuados para su realización, garantizando en todo momento el correcto desarrollo del proceso, la igualdad de condiciones de las personas candidatas y la confidencialidad de las pruebas. A estos efectos, se deberá tener en cuenta el número estimado de personas candidatas así como la posible participación de personas con discapacidad, debiendo contemplarse las medidas necesarias de accesibilidad y adaptación.
a) Organización y desarrollo de la prueba La consultora deberá habilitar los medios necesarios para que:
La prueba objetiva de aptitud se realice en una única fecha para todas las personas candidatas, de acuerdo con lo establecido en el presente pliego.
Se disponga de los medios humanos y materiales suficientes para la correcta organización y desarrollo de la prueba, incluyendo, entre otros, cartelería adecuada, personal de apoyo para el acceso a los recintos y pasillos, y personal observador en número suficiente para la vigilancia de las aulas.
Se garantice un adecuado recibimiento e información a las personas candidatas a la entrada de los recintos de examen.
Con carácter previo a la realización de la prueba, la consultora deberá presentar a Metro de Madrid, S.A. una propuesta detallada de la planificación logística, que incluya los medios humanos y materiales previstos, así como la estimación de recintos y aulas, la cual deberá ser validada previamente por Metro de Madrid, S.A.
b) Identificación, anonimato y custodia de las pruebas La consultora deberá garantizar que:
Se acredite la identidad de las personas candidatas que asistan a la realización de la prueba.
Cada persona candidata reciba un resguardo identificativo de la hoja de respuestas, que permita su asociación con la persona aspirante, o una copia de la misma en caso de hojas autocopiativas, conservando la persona
candidata una copia de las respuestas realizadas.
Durante el proceso de corrección no sea posible asociar la hoja de respuestas a una persona concreta, debiendo diseñarse el sistema de hojas de respuesta de forma que permita la separación de los datos personales antes de efectuar la corrección.
Asimismo, los medios empleados deberán garantizar la absoluta confidencialidad del contenido de las pruebas hasta el momento de su realización. A estos efectos, la consultora será responsable de la cadena de custodia del material de examen, no pudiendo facilitar su contenido a ninguna persona, incluidos los miembros del Tribunal designados para tutelar e impulsar el proceso de selección, hasta la finalización de las pruebas.
c) Proporcionalidad y seguridad Los medios logísticos empleados deberán ser proporcionados al número de personas candidatas participantes y adecuados a las características del proceso, garantizando la seguridad, el orden y el correcto desarrollo de las pruebas, así como el cumplimiento de la normativa aplicable.
4.- PLAZO DE EJECUCIÓN
La consultora deberá planificar y desarrollar el objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas de forma que la ejecución completa de la primera y segunda fase del proceso de selección se lleve a cabo dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días naturales.
El cómputo del plazo se iniciará a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de inscripción, a través de la plataforma informática habilitada para tal fin.
Dentro de dicho plazo máximo, la consultora deberá realizar, al menos, las
siguientes actuaciones:
plataforma informática habilitada al efecto.
participación, incluido el control del abono de los derechos de participación o, en su caso, de la concurrencia de los supuestos de exención, con la elaboración de las relaciones provisionales y definitivas correspondientes.
de resultados, de conformidad con lo establecido en las Bases del proceso de selección y en el presente Pliego.
las personas candidatas en relación con la primera y segunda fase del proceso.
- La gestión de la inscripción de las personas candidatas a través de la
- La acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de
- La organización, ejecución y corrección de la prueba objetiva de aptitud.
- La elaboración y comunicación de las relaciones provisionales y definitivas
- La atención y resolución de las reclamaciones y consultas formuladas por
Sin perjuicio de lo anterior, la consultora deberá poner a disposición de Metro de Madrid, S.A., coincidiendo con la comunicación de los resultados provisionales y definitivos a las personas candidatas, la relación nominativa completa de participantes, tanto por orden alfabético como por orden de puntuación final, identificando, en su caso, a las personas candidatas que hubieran concurrido por el turno de reserva para personas con discapacidad.
ANEXO I
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN LAS PERSONAS CANDIDATAS. –
1- Edad, titulación académica:
Mayor de 18 años.
Estar en posesión del título de Bachiller o enseñanzas equivalentes enseñanzas equivalentes a efectos profesionales, de conformidad con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio del Ministerio de Educación.
Abono de los derechos de participación.
ANEXO II
1.-Conocimientos específicos sobre Metro de Madrid S.A. y el servicio
público de transporte de viajeros en la Comunidad de Madrid.
- Red ferroviaria explotada por Metro de Madrid. líneas y estaciones.
- Conocimientos generales de la red.
- Títulos de transporte utilizados en Metro de Madrid.
domésticos y globos metálicos.
- Reglamento de Viajeros de Metro de Madrid. Acceso con bicicletas, animales
- Normativa interna de circulación de Metro de Madrid: Metro Pesado.
- Conocimientos generales del Material Móvil de Metro de Madrid
(https://www.comunidad.madrid/publicacion/ref/50486
- Conocimientos en prevención de riesgos laborales: manual de riesgos laborales
2.- Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM)
- Conocimientos generales del CRTM
- CRTM y Metro de Madrid